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Determina Suprema Corte que mujeres pueden abortar si está en riesgo su salud

Según la SCJN, la Ley General de Salud prevé el acceso al servicio de interrupción del embarazo por razones médicas; por lo que al negarse, se viola el derecho a la salud.

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En un hecho inédito, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció este miércoles el derecho a la salud y a la vida de las mujeres como causal para interrumpir el embarazo.

La Primera Sala concedió el amparo a Margarita N., quien reclamó la negativa de médicos del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), a realizar la interrupción de su embarazo de alto riesgo en 2013 por razones médicas.

Se determinó que las disposiciones de la Ley General de Salud pueden prever el acceso al servicio de interrupción del embarazo por razones médicas; por lo que al negarse, se incumplieron las condiciones del derecho a la salud.

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A propuesta del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, la Primera Sala estableció que las autoridades impidieron que la mujer tomara una decisión sobre los riesgos de salud que deseaba afrontar y aumentó la posibilidad de que su salud empeorara, según informó la SCJN en un comunicado.

La resolución de la Corte es relevante porque a la fecha el Código Penal Federal, en sus artículos 333 y 334, prohibe la interrupción del embarazo por motivos de salud, y solo lo permiten cuando la vida de la mujer corre peligro o fue víctima de violación.

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