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El Estado de Guanajuato formará parte de la Segunda Etapa de Implementación de la Reforma Laboral

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Durante el Informe de Labores 2020 del Presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado y del Consejo del Poder JudicialHéctor Tinajero Muñoz, se resaltó que el Estado de Guanajuato formará parte de la Segunda Etapa de Implementación de la Reforma al Sistema de Justicia Laboral, que arrancará durante el segundo semestre del año 2021.

A fin de lograr la implementación de la reforma laboral en la Entidad, se establecieron ejes o líneas de acción.

Se establecieron cuatro Centros de Justicia Laboral ubicados en los municipios de Guanajuato, Celaya, Irapuato y León, con la finalidad de que las personas usuarias puedan contar con espacios dignos y accesibles; y cuyas obras, actualmente, llevan el siguiente avance promedio.

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Siendo un costo total de las cuatro obras: $235,950,060.56 (Doscientos treinta y cinco millones novecientos cincuenta mil sesenta pesos 56/100 M.N.).

En cuanto al equipamiento y mobiliario determinado para cada uno de los Centros de Justicia, su proceso de adquisición ya se encuentra iniciado.

Un aspecto que merece especial importancia para lograr los objetivos propuestos en la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Laboral, es lo relativo a la selección del personal y su correspondiente capacitación.

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El Consejo del Poder Judicial actualmente se encuentra preparando los Concursos de Oposición para la obtención de las categorías de las y los juzgadores, secretarios y actuarios, los cuales serán abiertos; lo que implica que podrán participar no sólo quienes forman parte de la institución, sino todos aquellos que cumplan con los requisitos establecidos en las Convocatorias correspondientes.

El Poder Judicial del Estado de Guanajuato redoblará esfuerzos para llevar a cabo, en tiempo y forma, las acciones tendientes a implementar la reforma laboral; que permita la impartición de justicia de manera pronta y expedita, que responda a los principios de legalidad, imparcialidad, transparencia, autonomía e independencia, en la resolución de los conflictos obrero-patronales en la Entidad.

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