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Juzgar con Perspectiva de género

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A menudo las normas y leyes reproducen estereotipos machistas y discriminatorios, pero mayoritariamente estos estereotipos provienen de las interpretaciones de quienes imparten justicia. Interpretaciones que son la base de sentencias y que constituyen una importante barrera para el acceso a la justicia.
En 2016, La Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió un criterio obligatorio para aplicar justicia con perspectiva de género que establece que las personas juzgadoras deben contar con las suficientes herramientas para poder identificar prejuicios y hacer un análisis de género de las controversias que están resolviendo.
La incorporación de la perspectiva de género en la labor jurisdiccional implicar cumplir la obligación constitucional y convencional de hacer realidad el derecho a la igualdad, remediando las relaciones asimétricas de poder y situaciones estructurales de desigualdad, así como visibilizando la presencia de estereotipos discriminatorios de género en la producción e interpretación normativa y en la valoración de hechos y pruebas.
El poder judicial presta el servicio de impartición de justicia y solución de controversias de manera imparcial, gratuita y oportuna, a través de órganos jurisdiccionales que cuentan con servidores públicos profesionales, comprometidos con los principios legales y éticos; contribuyendo a la convivencia y desarrollo social.

Para más información consulta la página del Poder Judicial www.poderjudicial-gto.gob.mx

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