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Reforma para combatir el “halconeo” atiende a las nuevas exigencias sociales

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El pasado miércoles 31 de julio, el Congreso de Guanajuato aprobó por unanimidad la reforma a la denominación del CAPÍTULO I, TÍTULO PRIMERO, SECCIÓN TERCERA, para identificarse como “Uso Indebido de Información y Colaboración Delictiva”, así como el primer párrafo del Artículo 222-a y una adición al artículo 222-b del Código Penal del Estado de Guanajuato.

En las ‘Consideraciones’ de su Dictamen, la Comisión de Justicia establece como Objeto de la Iniciativa:

a. La tipificación de conductas de servidores públicos consistente en proporcionar información que conozcan con motivo de sus funciones para la comisión de hechos delictuosos, o para evitar afectar el cumplimiento de funciones de seguridad pública.

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b. Tipificar como delito aquellas conductas de las personas referidas en la Iniciativa, tendientes a obtener o proporcionar información a algún integrante de una agrupación delictiva sobre las actividades oficiales o personajes que realicen o pretendan realizar los servidores públicos de las instituciones de seguridad pública con la finalidad de entorpecer o evitar el cumplimiento de sus funciones, ocasionarles un daño o cometer un delito.

En su Exposición de Motivos los iniciantes –el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional-, refieren al concepto ‘halconear’ como “las actividades de acechar, vigilar, alertar o recolectar información, todo ello con el objetivo de facilitar la comisión de delitos, además de dificultar o incluso impedir el funcionamiento de la actividad de las instituciones de seguridad pública.”

Advierten, que hasta ese momento la legislación del Estado de Guanajuato no contemplaba una sanción específica para esas actividades.

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Y establecen de manera expresa: “Consideramos necesario dejar en claro que no es objeto de la presente iniciativa castigar, por ejemplo, la labor de investigación periodística…”

Algunas voces, entre ellas las de la Organización “ARTICLE 19”, asumen que la modificación a la legislación guanajuatense “vulnera el núcleo esencial del ejercicio de las libertades de expresión, información y la labor periodística.” No es así.

En su propia argumentación (Comunicado del 4 de agosto de 2019) ARTICLE 19, reconoce dos puntos importantes, inscritos en el proceso legislativo:

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1. Que “no es objeto de la presente iniciativa castigar, por ejemplo, la labor de investigación periodística.”
2. Y que la norma subraya la finalidad, de “cometer cualquier hecho delictuoso” o “entorpecer el cumplimiento de funciones de seguridad pública, procuración o impartición de justicia, o de ejecución de penas.”

El resto, son supuestos:
“Con la sola “tentativa” de obtener información, tendría aplicación esta norma penal…”; “podría llegarse a interpretaciones arbitrarias y discrecionales…”; “pueden caber multiplicidad de acciones…”; “puede impactar severamente el ejercicio periodístico…”; “pretenden inhibir la supervisión y monitoreo de funcionarios públicos…”

Inferir que la reforma “genera un menoscabo a las libertades de expresión e información, así como a la labor periodística -a la letra del comunicado-”, es, al menos, desproporcionado. “Analizar” cada reforma, cada iniciativa, con base en supuestos, haría inviable cualquier legislación.

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Se lee en la Exposición de Motivos de la reforma que nos ocupa: “al contemplar el dinamismo en la comisión de diversas conductas que afectan sensiblemente la vida en común, se vuelve necesaria la armonización del marco normativo…”

Como bien cita “ARTICLE 19”, el delito de “halconeo” se encuentra tipificado ya en 22 entidades federativas (Chihuahua, Coahuila, Colima, Durango, Guanajuato, Guerrero, Estado de México, Hidalgo, Jalisco, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.)

En Guanajuato, el Congreso local lo aprobó por unanimidad el miércoles 31 de julio; el viernes 2 de agosto se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno de Guanajuato, y entró en vigor al día siguiente.

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El encargo Legislativo es un trabajo continuado que ajusta la Norma a las nuevas exigencias, demandas, necesidades y escenarios de la sociedad. Eso hacen en la LXIV Legislatura del Congreso de Guanajuato.



















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